EL CID NO ERA UN MERCENARIO. EL MERCENARIO MEDIEVAL II

 




La reprobación moral puede acercarnos al quid de la cuestión. Equiparar a un soldado regular con un mercenario lo aboca a lo inmoral (en momentos del pasado y, desde luego, en el presente), y tal vez reside aquí la clave de todo: si se pretende reprobar a un combatiente, la vía rápida es negarle la condición de soldado y considerarlo un mercenario: «I will draw a distinction between, on the one hand, mercenaries, that is, soldiers who lacked political or social ties to those who employed them, and, on the other, salaried household men and paid expeditionary soldiers whose duty to serve arose, at least in part, from the demands of lordship (…) This, of course, is the pragmatic definition of a mercenary which is implicit in the medieval distinction, already referred to, between those who fought only or primarily for pay, and those who fought for other reasons» (John France citando a Richard Abels en la introducción de la ya citada Mercenaries and Paid Men…)

        Lo de los lazos sociales devendrá importante en el caso del Cid, lo mismo que en el caso de los muchos caballeros medievales que en algún momento variaron sus lazos de fidelidad basándose en las instituciones de ira regia y desnaturalización, explícita o implícitamente. Esto nos lleva a los ideales y al código de conducta, y por supuesto al modo de vida.

        ¿Y qué son la ira regia y la desnaturalización? Pues la primera es «la prerrogativa real de hacer caer en desgracia a aquellos súbditos o vasallos que hubiesen incurrido en el desagrado del rey con o sin mnotivo aparente. La "desnaturatio" es la posibilidad que tenían los naturales del rey para romper el vínculo que les ligaba a este». Así las define Sylvia Romeu Alfaro en Consideraciones sobre la «Desnaturatio», obra en la que también aclara que al concepto de «naturaleza» irá perfilándose a a partir del siglo XII como «el vínculo de sujeción de 1os súbditos respecto al rey, vinculo que dependerá esencialmente de la circunstancia de haber nacido en el territorio en el cual ejerce su imperio el monarca. Con el mismo se aludía a la relaci6n de súbdito derivada del derecho del rey sobre el territorio y los que se hallan en él, y estos súbditos lo son precisamente por ser naturales del reino, por haber nacido en él o haber adquirido la naturaleza de cualquiera de las formas reconocidas. Pero además este vínculo quedará confirmado por el juramento de fidelidad que deberán prestar todo los súbditos at monarca al comienzo de su reinado». Y esto nos lleva a que «con la "desnaturatio" no solo se manifiesta esta voluntad de despedirse si fuera vasallo real, sino que a su vez deja con ello de considerarse como natural, como súbdito del rey, y desde ese momento libre de cualquier obligación subsistente que no sea de tipo moral, como podría haberla tenido con otro su señor, aun no siendo su Rey y señor natural». Sylvia Romeu entra en el caso concreto del Cid, de su ruptura de relación con Alfonso VI y de las posibilidades jurídicas, incluidas las limitaciones a la hora de guerrear para otro señor. Porque sí, damas y caballeros: cuando el vasallo desnaturado busca nuevo señor, contrae un vínculo con él y le presta servicio militar a cambio de una contraprestación; y ¡atención!, este segundo señor puede ser incluso enemigo del primero. Estamos en todo momento ante instituciones medievales, feudales si se quiere, plenamente identificadas y descritas en el sentido de que la actuación del Cid encuentra clara cabida en ellas. ¿Se pueden cerrar los ojos ante la realidad jurídica de un momento concreto y, con toda intención, aplicar a dicho momento otra institución jurídica sacada de un tiempo distinto? Pues eso es lo que se hace cuando se llama al Cid mercenario por eso que dice Fletcher: prestar sus servicios a cambio de una paga, lo mismo a cristianos que a musulmanes.

        No existe un acuerdo total acerca de los hechos —independientemente de su calificación o de los términos que se usen— ni del nivel que el Cid ocupaba realmente en la jerarquía nobiliaria, pero sí parece que existe cierta coincidencia en afirmar que estaba atado por lazo de vasallaje a Alfonso VI. Que este lazo se rompe (dos veces, con distintas consecuencias) y que durante esos lapsos el Cid sirve militarmente, con las contrapartidas habituales, a otros señores. Con estos mimbres ha de dilucidarse si esa actividad militar como desnaturado corresponde a la propia de un señor de la guerra del siglo XI o a un mercenario.

        El doctor en Historia Bruno Padín, en su ya citado artículo De traidor al rey a héroe nacional: la figura de El Cid en la historiografía española, nos da una clave: «El castigo probablemente más común de la ira regia fue la desnaturalización, es decir, el rey priva a uno de sus vasallos de su naturaleza, con lo que deja de ser su señor natural y el castigado deja de ser natural de su reino. Por tanto, pierde todo y tiene que salir de él. La cuestión de la naturaleza explicaría bastante bien qué es lo que hizo el Cid cuando fue desnaturalizado, lo cual no encajaría con el concepto de mercenario, aunque tampoco lo evitaría».

        David Porrinas González, en Rodrigo Díaz, El Cid Campeador, un conquistador en el siglo XI, afirmaba en 2015 que «en la corte de los hudíes zaragozanos Rodrigo no es un simple mercenario, como algunos autores han querido ver (…) La Historia Roderici, fuente primordial para conocer la trayectoria cidiana a pesar de sus problemas, afirma que “Al-Mutamin apreciaba mucho a Rodrigo y lo exaltó y puso en lugar principal sobre todo su reino y toda su tierra, usando de su consejo en todos los asuntos”. Rodrigo, por su parte, servía “fielmente” a su señor musulmán, “y custodiaba y protegía su reino y su tierra”». Esta es la caracterización de un caballero medieval que, efectivamente, recibe una contraprestación por ejercer su labor fundamental, dar auxilium y consilium al señor del que se depende. Algo que no es un oficio de circunstancias, o un modo provisional de ganarse el pan, sino una forma de vida determinada por el linaje.

        Que la visión de un historiador dista mucho de lo infalible es algo demostrado gracias, precisamente, a David Porrinas, que cuatro años después del artículo citado en el fragmento anterior publicaba una de las obras de referencia en el momento actual, El Cid, historia y mito de un señor de la guerra. Por cierto que la cubierta del libro, publicado por Desperta Ferro Ediciones, cuenta con una suculenta frase promocional de Jacinto Antón: «Ensayo desmitificador, tan erudito como apasionante». Sí, hijos míos: otro historiador que desmitifica. Irene Montero, Raquel Welch y un lanzallamas. Pero lo importante no es eso: a lo que iba yo es a que la opinión de Porrinas de que el Cid no era un simple mercenario queda ahora rebatida por el mismo; o desterrada —como el propio Cid, el pobre—; o tal vez solo matizada. El caso es que Porrinas titula uno de los epígrafes de su libro como El primer destierro, comandante mercenario al servicio de Zaragoza. Los hechos no han cambiado, diría yo, pero sí su interpretación en el siglo XXI. Así, Porrinas explica que «desde ese verano, la vida de Rodrigo dio un giro significativo. Ya no contaba con la cobertura y protección que le proporcionaba su señor Alfonso, su reino, su tierra, sino que tuvo que forjarse un porvenir dedicándose a lo que mejor sabía hacer: luchar y comandar tropas en el campo de batalla. De magnate con una progresión en ascenso en la corte regia pasó a ser un comandante mercenario al servicio de un príncipe musulmán», o que «la victoria de Almenar le había elevado por encima del estatus de simple comandante mercenario».

        Como —repito— los hechos no varían, habría que dilucidar qué diferencia hay entre luchar al servicio de un noble a cambio de estatus (con Alfonso VI) y luchar al servicio de un noble a cambio de estatus (con Al-Mutamín). Independientemente de la evolución de los ideales caballerescos (y de la mayor o menor sinceridad de los caballeros que alardeaban de ellos) y de la existencia y solidez de un código real, el caballero medieval es un guerrero en primera instancia, esa es su forma de vida. Repito que se obliga respecto de un señor, del que recibe beneficios a cambio de su consejo y su auxilio, sobre todo en el ámbito militar. Este lazo es personal, y aunque el factor étnico o geográfico es importante cuantitativamente (y más en el medievo, cuando las distancias eran tan largas), la historia nos da ejemplos de caballeros que se obligan respecto de distintos señores sin importar etnia o procedencia. Los elementos fundamentales de esta relación descansan sobre dos pilares, a mi parecer: el primer pilar es un código —aun en sentido abstracto— que garantiza la lealtad hacia el señor, y que prevé incluso su ausencia y la consiguiente ruptura del lazo por parte del señor o del vasallo (ira regia, desnaturalización), así como las consecuencias a que ha lugar; el segundo pilar es la consideración, el valor positivo que el caballero medieval representa hacia sus iguales o hacia quienes ocupan estratos sociales inferiores, que implica temor y respeto, que constituye un baluarte del sistema social y religioso, y que llegará a «positivarse» en cualidades concretas, como la protección de las viudas y los huérfanos, la defensa de la Iglesia, la largueza, el coraje, etc. Es importante recalcar que lo anterior no es simple interpretación moderna de una realidad pretérita, y que dicha realidad no descansa sobre lo pretendidamente sincero de su esencia, sino sobre su operatividad efectiva sobre el terreno y época en los que se desarrolla.

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